Accesibilidad

En esta página:

Declaración de accesibilidad de la web seujudicial.gencat.cat

La Generalitat se ha comprometido a hacer accesibles sus webs de conformidad con:

  • El Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público (en adelante, Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre).

  • El Decreto 216/2023, de 5 de diciembre, sobre accesibilidad de los sitios web y de las aplicaciones para dispositivos móviles de la Administración de la Generalidad de Cataluña y de su sector público (en adelante, Decreto 216/2023).

Esta declaración de accesibilidad se aplica al sitio web https://seujudicial.gencat.cat/

Situación de cumplimiento

Este sitio web es no conforme con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, y con el Decreto 216/2023, debido a las excepciones y la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.

Contenido no accesible

El contenido que se recoge a continuación no es accesible por los siguientes motivos:

Falta de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre y con el Decreto 216/2023

En esta declaración de accesibilidad no se recogen las barreras de las páginas externas aunque formen parte del proceso de navegación.

  • El sitio web contiene imágenes sin contenido alternativo (criterio 9.1.1.1 de la norma UNE-EN 301549:2022).
  • La estructura de encabezamientos de las páginas contiene algunos saltos en su jerarquía (criterio 9.1.3.1 de la norma UNE-EN 301549:2022).
  • Algunos campos de los formularios no contienen propiedades que permitan rellenarlos automáticamente con los datos que el usuario tenga guardados en sus dispositivos (criterio 9.1.3.5 de la norma UNE-EN 301549:2022).
  • Se ha hecho uso del color para transmitir información sin ofrecer ninguna alternativa (criterio 9.1.4.1 de la norma UNE-EN 301549:2022).
  • El contraste entre elementos textuales y no textuales con el fondo también puede ser insuficiente para algunos usuarios con discapacidad visual (criterios 9.1.4.3 y 9.1.4.11 de la norma UNE-EN 301549:2022).
  • El redimensionamiento del texto puede hacer que algunos contenidos se superpongan (criterio 9.1.4.4 de la norma UNE-EN 301549:2022).
  • Se podría perder contenido o funcionalidad en algunas páginas si el usuario no navega haciendo scroll en dos dimensiones (criterio 9.1.4.10 de la norma UNE-EN 301549:2022).
  • La modificación del espaciado del texto puede ser insuficiente para algunos usuarios (criterio 9.1.4.12 de la norma UNE-EN 301549:2022).
  • Algunos elementos no son accesibles a través del teclado (criterio 9.2.1.1 de la norma UNE-EN 301549:2022).
  • Se han incluido elementos en movimiento sin un mecanismo que permita detenerlos (criterio 9.2.2.2 de la norma UNE-EN 301549:2022).
  • En algunas páginas no existe un mecanismo para evitar los bloques de contenido que se repiten (criterio 9.2.4.1 de la norma UNE-EN 301549:2022).
  • Hay páginas donde los títulos no describen su temática o propósito (criterio 9.2.4.2 de la norma UNE-EN 301549:2022).
  • El foco no sigue un orden secuencial (criterio 9.2.4.3 de la norma UNE-EN 301549:2022).
  • Los textos de los encabezamientos y etiquetas pueden no ser comprensibles para todos los usuarios (criterio 9.2.4.6 de la norma UNE-EN 301549:2022).
  • Las etiquetas así como los textos de los encabezamientos pueden ser repetitivos o incomprensibles para todos los tipos de usuarios y podría ser diferente el texto de la etiqueta del control de formulario (criterio 9.2.4.6 de la norma UNE-EN 301549:2022).
  • El foco del teclado no siempre es visible (criterio 9.2.4.7 de la norma UNE-EN 301549:2022).
  • La introducción de datos o la interacción del usuario no provoca ningún cambio en el contexto sin una advertencia previa (criterio 9.3.2.2. de la norma UNE-EN 301549:2022).
  • En algunos formularios no se identifican los errores que el usuario pueda cometer y tampoco se le ofrecen sugerencias para corregirlos (criterios .9.3.3.1 y 9.3.3.3 de la norma UNE-EN 301549:2022).
  • El validador automático del Consorcio W3C indica que hay errores en el código HTML y en las hojas de estilo CSS (criterio 9.4.1.1 de la norma UNE-EN 301549:2022).
  • Algunos elementos interactivos no son accesibles para los lectores de pantalla (criterio 9.4.1.2 de la norma UNE-EN 301549:2022).
  • No se cumplen todos los criterios de la norma UNE-EN 301549:2022 (criterio 9.6 de la norma UNE-EN 301549:2022).
  • No se preservan las preferencias de usuario. (criterio 11.7 de la norma UNE-EN 301549:2022).

Documentos Pdf

  • Algunos documentos PDF contienen imágenes sin alternativas y falta de marcado de tablas y encabezamientos (criterio 10.1.3.1 de la norma UNE-EN 301549:2022).
  • Algunos documentos PDF contienen elementos textuales que no tienen suficiente contraste con el fondo (criterio 10.1.4.3 de la norma UNE-EN 301549:2022).
  • Algunos documentos PDF contienen títulos que no describen su temática o propósito (criterio 10.2.4.2 de la norma UNE-EN 301549:2022).
  • Algunos documentos PDF contienen textos de encabezamientos y etiquetas que pueden no ser comprensibles por todos los usuarios (criterio 10.2.4.6 de la norma UNE-EN 301549:2022).
  • Algunos documentos PDF contienen elementos interactivos que no son accesibles para los lectores de pantalla (criterio 10.4.1.2 de la norma UNE-EN 301549:2022).

Audiovisuales

  • Los audiovisuales no contienen una alternativa al audio pregrabado y/o al vídeo sin sonido (criterio 9.1.2.1 de la norma UNE-EN 301549:2022).  
  • Los audiovisuales no contienen subtítulos (criterio 9.1.2.2 de la norma UNE-EN 301549:2022).
  • Los audiovisuales no contienen audiodescripciones. Sólo algunos ofrecen subtítulos (criterio 9.1.2.3 y 9.1.2.5 de la norma UNE-EN 301549:2022).
  • Carga desproporcionada: no aplica.

    El contenido no entra dentro del ámbito de la legislación aplicable.

    Puede ser que haya archivos ofimáticos en PDF u otros formatos publicados antes del 20 de septiembre de 2018 que no cumplan los requisitos de accesibilidad totalmente.

Preparación de la presente declaración de accesibilidad

Esta declaración se ha preparado en septiembre de 2020.

El método utilizado para prepararla ha sido una auditoría de accesibilidad llevada a cabo por la empresa Tothomweb SL.

Última revisión de la declaración: 12 de julio de 2024.

Observaciones y datos de contacto

Se pueden hacer comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 16.2 del Decreto 216/2023), a través del siguiente buzón de contacto.

Por ejemplo:

  • Informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte de este sitio web.
  • Transmitir otras dificultades de acceso al contenido.
  • Formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad del sitio web.

Las comunicaciones serán recibidas y trasladadas por la Dirección General de Servicios Digitales y Experiencia Ciudadana, del Departamento de la Vicepresidencia y de Políticas Digitales y Territorio, como Unidad Responsable de Accesibilidad Web en el ámbito autonómico.

Solicitudes de información accesible y quejas

Para hacer solicitudes de información accesible y quejas (artículo 16.3 del Decreto 216/2023) es necesario acceder al trámite "Contenidos accesibles en la web" y seguir la modalidad "Solicitar información accesible o hacer una queja".

Cualquier persona física o jurídica puede formular quejas relativas al cumplimiento de los requisitos del Real Decreto 1112/2018 y solicitar información relativa a contenidos que estén excluidos del ámbito de aplicación de esta normativa.

Las solicitudes y quejas se registran conforme a los requisitos establecidos por la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Reclamaciones

Si, una vez hecha una solicitud de información accesible o queja, ha sido desestimada, no se ha atendido o bien no se ha respondido en el plazo de veinte días hábiles establecido (artículo 16.4 del Decreto 216/2023), se puede interponer una reclamación ante la Unidad Responsable de Accesibilidad de la Administración de la Generalidad de Cataluña y de su sector público con estas finalidades:

  • Conocer los motivos de la desestimación y oponerse.
  • Instar a que se adopten medidas oportunas en caso de no estar de acuerdo con la decisión.
  • Exponer las razones por las que se considera que la respuesta no cumple los requisitos exigidos.

La reclamación se puede presentar a través del trámite Contenidos accesibles siguiendo la modalidad Reclamar una solicitud.

La Unidad Responsable de Accesibilidad debe resolver la reclamación en el plazo máximo de dos meses.

El compromiso de la Generalitat por la accesibilidad

La web seujudicial.gencat.cat se ha construido con el ánimo de facilitar el acceso universal a todas las personas que lo consultan independientemente de sus capacidades, físicas, sensoriales o intelectuales, y del contexto técnico de uso con que lo hacen (tipo de dispositivo, software, velocidad de la conexión, condiciones ambientales, etc.).

Para ello, se trabaja con el objetivo de adaptar toda la web a las recomendaciones del Consorcio World Wide Web W3C con el fin de eliminar las barreras que dificultan el acceso a la información y la comunicación. Estas recomendaciones se concretan en las pautas de accesibilidad de la web WCAG 2.1.

El compromiso de la Generalitat de Cataluña es llegar a cumplir el nivel de conformidad 'Doble-A' (AA), tal y como exigen a las administraciones públicas las legislaciones europea y estatal.

La Directiva (UE) 2016/2102 del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de octubre de 2016 establece las normas que se exigen a los estados miembros para que todas las webs y aplicaciones móviles del sector público, independientemente del dispositivo utilizado para acceder, cumplan los requisitos de accesibilidad que se recogen en la norma EN 301 549 v2.1.2 (de agosto de 2018), de requisitos de accesibilidad adecuados para la contratación pública de productos y servicios TIC en Europa.

La norma EN 301 549 v2.1.1.2 se basa principalmente en las Web Content Accessibility Guidelines (WCAG) 2.1, de agosto de 2018. Concretamente hay que cumplir el nivel AA. No obstante, la norma también tiene otros requisitos adicionales, obligatorios y condicionales.

La directiva es de obligado cumplimiento pero no es directamente aplicable, por ello en el ámbito estatal se ha desarrollado un real decreto que desarrolla el alcance y los requisitos, como mínimo. La transposición estatal es el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios webs y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público.

En el ámbito de la Generalidad de Cataluña, el Decreto 216/2023, de 5 de diciembre, tiene por objeto regular los instrumentos y la estructura organizativa necesarios para garantizar el cumplimiento de los requisitos de accesibilidad digital de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles de la Administración de la Generalidad y su sector público.

Fecha de actualización:

26.06.2026