Soy testigo en un proceso penal

En un proceso penal el juez puede decidir en un momento cualquiera, tanto de la investigación como del juicio, que declaren todas aquellas personas que crea que pueden aportar información sobre el caso. Estas personas son los testigos.

  • Abono de gastos

  • La citación

  • La declaración

Los testigos tienen derecho al abono de los gastos que les ocasione prestar declaración. Hay que hacer esta petición antes de iniciar la declaración y guardar todos los justificantes.

Es el escrito del juzgado o tribunal por el que se cita a una persona a prestar declaración como testigo. Normalmente el tribunal envía la citación al domicilio de la persona, pero puede hacerlo en el lugar de trabajo o en el lugar donde pueda encontrar a esta persona con facilidad.

La citación indica:

  • el juzgado o tribunal ante el que debe comparecer (dirección, teléfono...)
  • nombre, apellidos y domicilio de la persona que debe comparecer
  • el motivo de la citación: declarar como testigo sobre unos hechos concretos
  • lugar, día y hora en que debe hacer la declaración

La citación también incluye una advertencia sobre la obligación de declarar y las consecuencias de no hacerlo.

  1. Antes de la declaración

Hay que leer la citación atentamente para saber el día, la hora y el lugar donde se debe declarar. Si hay dudas, se puede llamar al juzgado o tribunal y preguntarlo.

El día de la declaración es conveniente llegar al juzgado con tiempo. Hay que llevar:

  • el documento nacional de identidad y .
  • la citación

Con estos documentos, hay que presentarse al personal del juzgado, el cual dará las indicaciones pertinentes. En caso de que haya retrasos, aplazamientos o alguna otra incidencia, las personas del juzgado informarán a todos.

2. La declaración

Los testigos pueden declarar durante la fase de investigación o durante el juicio. Si es durante la investigación, la declaración debe hacerse ante el juez, en las dependencias judiciales y, si es durante el juicio, debe realizarse en la sala de vistas, ante el juez, el abogado y el Ministerio Fiscal.

Las preguntas deben contestarse de viva voz y, al final de la declaración, debe firmarse el acta, salvo que sea dispensado por el juez. Las vistas son grabadas con medios informáticos.

Hay que decir la verdad. El falso testimonio es un delito.

Fecha de actualización:

26.06.2026