La ciudadanía tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita, tal y como establece el artículo 119 de la Constitución española y la Ley 1/1996, de 10 de enero. En Cataluña, el Decreto 252/1996, de 5 de julio regula el procedimiento para el reconocimiento del derecho y la subvención para las actuaciones profesionales de abogados y procuradores.
La asistencia jurídica gratuita es el servicio público que garantiza a una persona el derecho a obtener defensa y representación gratuitas por abogado y procurador, así como otras prestaciones (peritajes, fianzas, tasas judiciales, etc.), cuando quiere iniciar una acción judicial o se encuentra inmersa en un procedimiento judicial y acredita insuficiencia de recursos para litigar.